Introducción
Actualmente, el 94% de las tierras agrícolas están destinadas a rubros del agronegocio, mientras que solo el 6% a la producción de rubros campesinos. La superficie de monocultivo de granos para exportación ha crecido vertiginosamente a raíz del incremento continuo de la demanda internacional de commodities (principalmente soja, aunque también arroz, maíz, trigo, girasol y caña dulce) y de la incapacidad de las autoridades de impulsar y apoyar un modelo más respetuoso de los derechos[1].
En estos monocultivos se aplica un paquete tecnológico que incluye semillas híbridas o transgénicas, que requieren necesariamente la utilización de agrotóxicos y fertilizantes para hacer frente a lo que el agronegocio considera como plagas. Por otro lado, las malezas desarrollan resistencia, por lo que la aplicación de herbicidas en las parcelas aumenta ante su uso constante, motivo por el cual se debe ir aplicando con el correr del tiempo en mayor cantidad para mantener la efectividad.
Existe una vasta bibliografía sobre los efectos sociales que causan las fumigaciones de pesticidas tanto a nivel nacional[2] como internacional. En menor medida también existen investigaciones médicas, entre ellas se puede mencionar estudios liderados por la Dra. Benítez Leite[3] y Arias[4].
Desde el año 2003[5], organizaciones campesinas e indígenas, así como organizaciones no gubernamentales de derechos humanos y ambientalistas han realizado denuncias sobre las múltiples violaciones de derechos humanos que genera el incumplimiento o vulneración de la legislación ambiental. Justamente, en el 2003 se documentó por primera vez el fallecimiento de una persona a causa de las fumigaciones con agrotóxicos: el niño Silvino Talavera, de 11 años, en una comunidad campesina de Pirapó, departamento de Itapúa[6].
El Estado paraguayo ha recibido, desde el año 2007, reiteradas observaciones y recomendaciones de organismos internacionales con relación al “uso de agrotóxicos”. Se tienen, por ejemplo, las recomendaciones del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Igualmente se puede mencionar el informe de la relatora especial sobre el derecho a la alimentación acerca de su misión en Paraguay en el año 2017[7]. Además de las recomendaciones mencionadas, no se puede dejar de señalar que Paraguay se convirtió en el primer país condenado por el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas[8] por no controlar y sancionar el uso indebido de agrotóxicos, situación que violenta derechos humanos de la población rural.
Lo más grave del avance de los cultivos del agronegocio es su proximidad a instituciones educativas, además de centros de salud, plazas e incluso cursos de agua. El Estado paraguayo no ha diseñado una política pública que considere la particular situación de escuelas en cercanías de monocultivos y proteja a la comunidad educativa de los impactos de las fumigaciones con agrotóxicos. Tampoco se han implementado controles efectivos del cumplimiento de la legislación ambiental, a fin de garantizar los derechos consagrados en la Constitución Nacional y en compromisos internacionales, a pesar de las innumerables denuncias[9].
En consecuencia, el Estado paraguayo es responsable de la situación actual, que instituciones educativas estén rodeadas de monocultivos, sobre todo por no atender la problemática y por no hacer cumplir el marco normativo referente a la fumigación con productos fitosanitarios, no respetar preceptos de la Constitución Nacional y hacer caso omiso a recomendaciones internacionales.
Fuente:http://codehupy.org.py/ddhh2020/escuelas-rurales-fumigadas/?fbclid=IwAR0ioCpSQjMGMP8RciUlgnI3mqziMapiWFEGhWf11pNLuUMO7HlrIeUG5r0